sábado, 17 de marzo de 2012

La Cumbre de los Cantores SITMUCH 2012



El motivo mayor de la Cumbre es, abrir espacios a los cantores y cantoras, en especial de regiones, para mostrar su trabajo en condiciones dignas, que sea reconocido su esfuerzo y que puedan obtener un premio en dinero y una grabación, para difundir la labor, que de seguro, vienen haciendo sin cobertura alguna por mucho tiempo.

El SindicatoNacional de Trabajadores de la Música SITMUCH en sus 18 años de vida, ha
organizado diversas instancias de participación y encuentro, como: Los Festivales “Toda la Música” (2 versiones); El “1er Congreso de la MúsicaChilena” en conjunto con SIPO y Sind. Folkloristas; Ciclos de Charlas “Historia, música y creación “; Un Workshop con delegados de Sindicatos de Músicos de 15 países, en el Hotel Fundador en diciembre del 2005. Y, se ha trabajando junto a los gremios del arte en pos de leyes que beneficien a los músicos, y
artistas nacionales.
La Cumbre de los Cantores es organizada por SITMUCH Sindicato de Trabajadores de
la Música, cuenta con el auspicio de la Sociedad Chilena del Derecho de Autor SCD 25 años y el patrocinio de Radio USACH de la Universidad de Santiago de Chile, Departamento de Cultura del Colegio de Profesores y Escuela Moderna de Música.
Las bases se entregarán el 18 de abril y concluye con una gala de premiación el 27 y 28
de julio.



domingo, 25 de diciembre de 2011

SITMUCH postula a maestra y premia a programa radial.

SITMUCH Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música, este año postuló a la maestra Patricia Chavarría al Premio Samuel Claro Valdés, y lo obtuvo. Ahora acaba de Premiar al Programa Alma Nacional de Radio USACH por difundir el repertorio nacional. Además SITMUCH realiza una activa labor solidaria. SITMUCH es miembro de la FIM Federación Internacional de Músicos desde 1997; y realizó el 2005 un Worshop en Santiago con delegados de los Sindicatos de Trabajadores de la Música de América Latina y expertos de Europa y Norte América.

sábado, 26 de septiembre de 2009

A LUCHAR POR LA LEY ESTATUTO DEL MÚSICO

El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música de Chile SITMUCH ha creado filiales en regiones y de esa consulta con los colegas que laboran en pueblos y ciudades del país, unido a las resoluciones emanadas de la Asamblea Regional de la Federación Internacional de Músicos (FIM) realizada en nuestra ciudad en diciembre pasado y que contó con delegaciones de quince países de América y Europa, ha elaborado un petitorio que busca zanjar definitivamente la deuda que el estado chileno tiene con los Trabajadores de la Música.Exponemos a continuación una síntesis del documento:

- MÚSICA EN VIVO. Debe ser obligatorio en los locales nocturnos con patente de Casino, Boite, Restaurantes y Hoteles de turismo; Pubs, Peñas y similares la contratación de números artísticos chilenos en el show.-

TARIFADO. Los músicos y artistas que laboran en locales nocturnos- como los antes señalados- de ciudades y regiones, deberán tener una tarifa base, justa, negociada colectivamente por los trabajadores de la música en cada lugar de trabajo. -

NEGOCIACIÓN. Los músicos, intérpretes y artistas, deben negociar sus contratos con sus empleadores en forma colectiva Ley 19.899. En ellos constaran sus derechos a un trabajo digno, a una tarifa justa. Seguridad social y previsión.-

PENSIONES. Se debe someter a estudio en el Congreso el otorgar una pensión de gracia tramitada fluidamente a músicos y artistas mayores de 60 años con problemas importantes de salud que demuestren haber realizado una activa y permanente labor profesional toda su vida en el campo de la música.-

FIESTA DE LA MÚSICA. Una Fiesta de la Música a nivel nacional con presentaciones gratuitas para el público en plazas y calles, donde el gobierno contrate a músicos y artistas que no son considerados habitualmente.-

SEGURIDAD SOCIAL. Una previsión adecuada para músicos y artistas, más amplia y efectiva que el capítulo especial del código del trabajo del año 2003.Donde sean llamados los sindicatos de trabajadores de la música para la discusión de estos.-

AUTOEDICIONES. Facilitar la comercialización de discos de los músicos y artistas autoeditados, poniendo a su disposición espacios, servicios e infraestructuras que hagan posible su exhibición y venta en eventos de todo tipo a nivel nacional. -

FESTIVALES. Exigir de las municipalidades del país, la urgencia de transparentar y dar credibilidad a las preselecciones y premiación de los temas, en los Festivales de la Canción. Con jurados idóneos y probos. Donde exista una rotación de autores, compositores y jurados, dentro de un clima de sana competencia que brinde seguridad a los creadores emergentes. Abogar porque el número de músicos y artistas chilenos contratados en el show sea en igualdad de condiciones.-

ESTATUTO DEL MÚSICO Es preciso promulgar en Chile una ley como la que los colegas argentinos han conseguido y cuyo texto sintetizado a continuación exponemos: “La sanción de un estatuto especial significa el reconocimiento por parte del Estado a una actividad de características específicas, a las que no resultan aplicables las normas laborales generales, o bien esas normas no alcanzan para que los trabajadores de la actividad sean incluidos en todos los beneficios de la Seguridad Social y estar así en igualdad de condiciones con el resto del universo laboral.Los músicos, hasta hoy, se encontraban en constante lucha por conseguir:
1) que su trabajo sea reconocido profesionalmente, y remunerado como tal; 2) que sus condiciones de trabajo fueran respetadas;y 3) que él y su familia tuvieran la necesaria cobertura de salud.La plena vigencia del Régimen Legal de Trabajo de los Ejecutantes Musicales, junto a los Convenios Colectivos de Trabajo, conforman el marco normativo necesario para un mejor control del ejercicio de la profesión. Con él, los músicos podrán ejercer mejor sus derechos y gozar de los beneficios de la seguridad social.
La Matrícula Profesional, que el músico obtendrá demostrando su idoneidad como tal y que tendrá carácter obligatorio para desempeñar su actividad, es un requisito indispensable para identificar al beneficiario de este sistema, consagrarlo e integrarlo al marco regulatorio, para terminar así con personajes que se arrogan nuestros derechos y otros que los desconocen, vulnerando convenios colectivos, ignorando las tarifas mínimas y hasta subexplotando a compañeros a los que convocan para prestar servicios a terceros.

La obligación de suscribir Contratos de Trabajo, y su correspondiente visado por el Sindicato, permite que las condiciones de contratación queden debidamente fijadas en un documento legal, en el marco del convenio colectivo de la actividad. Así se termina con condiciones laborales de carácter fraudulento, como jornadas de trabajo interminables, condiciones indignas, y hasta la exigencia de “pagar” para tocar, tan de moda en algunos sectores de la actividad.

El reconocimiento por parte del Estado a través de este marco normativo deberá verse reflejado también en el reconocimiento de las cuestiones que diferencian a los trabajadores músicos de los Organismos Nacionales y Provinciales, los que normalmente se encuentran desplazados de los beneficios de la carrera administrativa de sus agrupamientos y condiciones especiales de capacitación y mantenimiento de sus herramientas de trabajo.

La especificidad que el Estado reconoce a través de este régimen, nos da la oportunidad de solicitar nuevos regímenes de Accidentes de Trabajo y de Protección para la Vejez, como así también de tratamiento impositivo y tributario, mejorando así nuestras condiciones para lograr trabajo seguro y para llegar a una vejez digna.La reglamentación de nuestro Régimen Legal de Trabajo dignifica a los músicos como profesionales, genera condiciones de trabajo dignas, y constituye una herramienta fundamental para la eliminación del trabajo no registrado, permitiendo así el acceso de todos los profesionales de la música a una cobertura de salud, seguridad, condiciones de trabajo digna, para él y su familia

martes, 14 de abril de 2009

Estatuto del músico y del artista

LA FIM Y LA FIA PUBLICAN UN MANIFIESTO COMÚN
SOBRE LA CONDICIÓN DEL ARTISTA

Introducción:
Cuando la gente piensa en los artistas intérpretes, tiende a
imaginar una vida de fama, glamour y lujos. Sin embargo,
para la gran mayoría se trata de una profesión inestable y
precaria y, por lo general, tienen un ingreso fluctuante e
inadecuado. Las oportunidades de trabajo son irregulares e
impredecibles, tienen contratos laborales atípicos y no
cuentan con un control de las condiciones laborales, lo que
hace que la salvaguarda de la Condición del Artista es vital
para que la carrera como artista sea una profesión viable. En
el clima actual, las tendencias hacia una mayor ‘flexibilidad’
y movilidad laboral amenazan la vida de los artistas
intérpretes. FIA y FIM hacen un llamado para tratar estos
desafíos y desean resaltar algunos aspectos sobre la vida de
los artistas intérpretes que no están suficientemente
valorados. También propondremos en la parte final del
manifiesto, lo que creemos es una solución.


Algunos hechos poco conocidos sobre la
Vida de los artistas:

1) Ya no existe lo que se conoce como trabajo estable
El rol cambiante del estado dentro de la esfera cultural y el
impacto de la globalización han afectado los modelos de
empleo de los artistas intérpretes, en particular en lo que
hace a un importante debilitamiento de la estabilidad laboral.
Las tendencias hacia la privatización y de los trabajos basados
en proyectos han resultado en la disminución de la duración
de los contratos, llevando a que los compromisos laborales de
los artistas sean contratos de corto plazo. Del mismo modo,
aumentó el empleo de carácter autónomo e independiente de
los artistas intérpretes, a veces debido a cuestiones
impositivas, o, con frecuencia, como forma elegida por los
contratistas para recortar sus cargas laborales y contribuciones
sociales. La condición de trabajador independiente es con
frecuencia impuesta a los artistas y no elegida por ellos.

2) La Seguridad Social y las Pensiones son una
preocupación tan grande para los artistas intérpretes
como para cualquier otro trabajador:
La seguridad social, los sistemas de pensiones y los esquemas
de impuesto son con frecuencia inadecuados, ya que no son
diseñados para satisfacer las necesidades específicas producto
de las condiciones laborales de los artistas descriptos más
arriba. Esto reduce los derechos legítimos (como el beneficio
de desempleo, seguro de salud, etc.) y dificulta el cálculo de
las pensiones. Los bajos ingresos provenientes de contratos
esporádicos significa que muchos artistas intérpretes
“autónomos” tienen que apañarse para poder cubrir los
costos de los planes de seguro y pensión privados que se
supone deben proveerse a sí mismos ante la ausencia de un
empleador, dejándolos vulnerables, en particular a medida
que envejecen.

3) Los riesgos para la salud propios de la profesión y
los accidentes se consideran gajes del oficio pero no
se incluyen los seguros que deben cubrirlos:
Dependiendo de la naturaleza del financiamiento y provisión
del cuidado sanitario en un país dado, los mismos problemas
que tienen que ver con el empleo y las condiciones de la
seguridad social pueden resultar en la carencia de un seguro
de salud efectivo para los artistas. Dada la naturaleza de su
trabajo, es probable que los artistas intérpretes enfrenten
temas de salud relacionados con su profesión, ya sea a largo o
corto plazo. Hay un riesgo ocupacional de accidentes y
lesiones en el lugar de trabajo, que con frecuencia no están
cubiertos apropiadamente. Los artistas intérpretes tienen
mucho afán por trabajar, incluso en la ausencia de medidas
de seguridad estatutarias y contractuales adecuadas y por lo
tanto quedan expuestos a estos riesgos.

4) La movilidad tiene su precio:
La movilidad es simplemente parte del trabajo de muchos
artistas intérpretes – las giras y la actuación en el exterior son
importantes para la carrera de los artistas – y con frecuencia
representan una parte muy gratificante de la misma. También
es una fuente de inspiración a través del intercambio de
diferentes tradiciones culturales y estimula el diálogo
intercultural y la diversidad cultural. Pero la movilidad
también complica la ya compleja proliferación de las
condiciones de empleo y términos contractuales. El cambio
de un sistema nacional de seguridad social a otro pone en
riesgo la seguridad social y el beneficio por desempleo de los
artistas intérpretes en una situación de riesgo al interrumpir,
por ejemplo, los períodos estipulados para percibir un
servicio. Las pensiones plantean un problema inextricable,
ya que las contribuciones a los sistemas de pensiones hechos
en distintos países pueden crear una situación en la cual es
imposible calcular y recaudar la pensión de un artista.

5) La libertad de asociación, la negociación colectiva y
el diálogo social son vitales:
Los artistas intérpretes son vulnerables debido a las precarias
y a veces inaceptables condiciones laborales que caracterizan
el sector en el cual trabajan. Del mismo modo, aunque los
artistas intérpretes estén obligados a tener un estatus
profesional como autónomos o trabajadores independientes
para poder aceptar las oportunidades de empleo disponibles,
esto de ninguna forma refleja el control que pueden ejercer
sobre sus condiciones laborales. Las organizaciones
profesionales y sindicales juegan un papel particularmente
importante en la protección del empleo y de las condiciones
laborales de los artistas intérpretes y la representación de sus
intereses en las negociaciones colectivas.

6) El apoyo a la formación continua y la transición
profesional para los artistas intérpretes es inadecuado:
Para algunos artistas, las expectativas de sus carreras pueden
verse afectadas por la naturaleza de la actividad artística que
desarrollan ya que algunas profesiones exigen un
considerable esfuerzo físico a lo largo del tiempo. Esto es
particularmente cierto en el caso de los bailarines, muchos de
los cuales deben retirarse de su actividad profesional mucho
más temprano que los trabajadores de otros sectores. Además,
los artistas necesitan seguir entrenándose a lo largo de sus
carreras para mantener y desarrollar su destreza profesional
para adaptarse a un ambiente que cambia permanentemente.
Sin embargo, dado la falta de recursos y facilidades, esto no
siempre es posible. Los artistas intérpretes no tienen las
oportunidades suficientes para entrenarse a lo largo de sus
carreras, o para reorientarse profesionalmente y usar su
valioso adiestramiento profesional en otras áreas de trabajo.

7) Los derechos de autor y de propiedad intelectual no
son conceptos abstractos – ayudan a los artistas
intérpretes a llegar a fin de mes:
Muchos artistas interpretativos confían en los derechos
intelectuales para mantener su reputación profesional y
generar ingresos de la explotación de su trabajo. Debido a la
naturaleza de la industria, a menudo enfrentan desempleo
entre los distintos compromisos laborales y con frecuencia no
cuentan con otras fuentes de ingreso que no sean las
generadas por el continuo uso de su trabajo. No obstante,
muchos de ellos están en una situación de negociación débil
y no tienen otra opción que la de acordar injustos términos
contractuales que disminuyen sus ingresos y control sobre el
uso de su trabajo.

8) Los artistas intérpretes con frecuencia son
excluidos de las decisiones políticas que afectan a su
sector y medio de vida:
Los artistas interpretes son actores clave dentro del marco
político desarrollado por los estados para mantener la
promoción y dinamismo de su sector cultural. Los artistas
son centrales para el fomento del Arte en todos los niveles y
están directamente afectados por todo trabajo que promueva
la cultura. En adición, de todas las áreas políticas
mencionadas hasta ahora en este Manifiesto impactan
directamente en los artistas intérpretes y afectas sus
condiciones de vida y laborales en términos de seguridad
social, beneficio de desempleo, cuidado sanitario, etc. Es claro
que la voz de los artistas intérpretes y sus organizaciones
deben tener un lugar en los debates de estas políticas, aunque
con frecuencia son ignorados.
La FIM y FIA tienen algunas recomendaciones clave
para hacer a fin de fortalecer y renovar la condición
del artista y asegurar la estabilidad profesional de los
artistas intérpretes:
A la luz de los temas señalados más arriba, FIM y FIA apelan a
los que deciden las estrategias para que tomen en cuenta estos
problemas y renueven y mantengan la Condición del Artista
con el fin de preservar y promover un arte y sector cultural florecientes.

Han pasado casi treinta años desde la
Recomendación Relativa a la Condición del Artista de la
UNESCO y es hora de renovar la Recomendación y los
objetivos políticos que se habían propuesto. FIM y FIA hacen
un llamado a la UNESCO para que esto sea una de sus
prioridades nuevamente, también en miras de la Convención
de 2005 sobre la Protección y Promoción de la Diversitad de las
Expresiones Culturales, que ha entrado en vigor recientemente.
En el ámbito europeo, FIM y FIA llaman a las instituciones
europeas y países miembros que implementen las Resoluciones
del Parlamento Europeo, del 9 de marzo de 1999 sobre la
situación y rol de los Artistas en la Unión Europea, y del 7 de
junio de 2007 sobre la condición social del artista,
respectivamente.

Cinco recomendaciones políticas clave:

Nuevos marcos legales e institucionales orientados
hacia la situación atípica de los artistas intérpretes:
FIM y FIA llaman a que los Estados desarrollen nuevas
estructuras y marcos legales e institucionales que tomen en
cuenta las condiciones laborales especiales de los artistas
intérpretes y asegurarles acceso a los esquemas de seguridad
social, seguro de saludo y esquemas de contribuciones y
pensiones flexibles y justos, sea cual fuera su situación
contractual. Del mismo modo, cada compromiso contractual
de un artista interpretativo, sin importar su condición, debería
incluir un seguro obligatorio contra accidentes laborales como
norma sin que esto genere un costo extra para el artista.
Donde sea posible, el proceso puede fortalecerse a través del
diálogo internacional y el intercambio de la buena práctica.
Un núcleo de derechos de empleo para los artistas
intérpretes:
Debería garantizarse un mínimo de derechos de empleo para
los artistas intérpretes, independientemente de su condición
contractual. Esto debería tomar cuenta de las características
específicas del sector y la necesidad de mantener la condición
del artista. El objetivo debe ser garantizar un núcleo de
derechos laborales centrales para todos los intérpretes, ya sean
empleados o “autónomos”, (en especial el derecho a negociar
y beneficiarse de los acuerdos colectivos). Al mismo tiempo,
todos los artistas-intérpretes, incluyendo a aquellos que
trabajan de manera independiente o como autónomos,
deberían tener la posibilidad de beneficiarse de educación y
entrenamiento continuo. FIM y FIA hacen un llamado a los
Estados a tomar cuenta de las necesidades particulares de
transiciones profesionales de muchos intérpretes y desarrollar
estrategias para satisfacerlas y de esta forma mantener un
número mayor de artistas en el mercado laboral.
Mejor coordinación e información más clara para
facilitar la movilidad:
En el nivel europeo, un núcleo central de condiciones
contractuales mínimas para los artistas intérpretes en un
contexto internacional simplificaría enormemente los
problemas relativos a la movilidad. Tal abordaje debería
intentar reemplazar la dimensión social en el centro del
mercado interno y limitaría las discriminaciones entre los
trabajadores “protegidos” por un contrato de empleo y
aquellos que no tienen ningún tipo de protección. Más
generalmente es altamente necesario en el nivel internacional
que haya una mejor coordinación de los sistemas de
seguridad y protección social entre los países miembros para
asegurar que la movilidad no penalice a los artistas y les haga
perder sus derechos. Hay carencia de información clara e
integral en lo que respecta la movilidad de los artistas y de
manera urgente se necesitan mecanismos que compaginen
toda esta información a la que se pueda acceder fácilmente.
Una protección más firme de los derechos de
propiedad intelectual
FIA y FIM hacen un llamado a los Estados para que reconozcan
plenamente – tanto en el sector del fonograma como en el
audiovisual – el derecho de los artistas intérpretes a recibir una
más sólida protección en el tema de propiedad intelectual por la
explotación de su trabajo en todos los formatos de media, y que
los mismos puedan ejercerse colectivamente, sin importar su
condición, a fin de reducir la desequilibrada relación que tienen
ya sea de manera individual con su contratista o con quienes
explotan su trabajo comercialmente.
Participación de los artistas intérpretes en las
decisiones políticas
FIM y FIA urgen a que los artistas participen en las decisiones
de política de los temas tratados en este Manifiesto. Los
artistas y las organizaciones que los representan deben estar
presentes en los procesos de desarrollo de estrategia, toma de
decisiones y su implementación en todos los niveles.
FIM y FIA están dispuestos a participar en el diálogo y
estrategias en el área.

lunes, 15 de diciembre de 2008

DIRECTIVA NACIONAL SITMUCH CHILE 2009-2010


En sesión efectuada el domingo 14 de diciembre en Santiago con la presencia de socios de regiones, se celebraron los 15 años de SITMUCH Sindicato Nacional de Trabajadores de la Música y del Espectáculo de Chile.Luego del informe central y del debate por parte de los asistentes, se ratifico la postura de la mesa en el sentido de luchar por conseguir una nueva ley que brinde una protección integral al músico chileno y trabajar con legisladores para activar en nuestro territorio la cuota intersindical o de paso para los artistas extranjeros, la que está vigente en varios países de América.Se conformó la Directiva Nacional de SITMUCH que se mantendrá en el cargo hasta marzo del 2010. Se incorporan en calidad de 2º secretarios, Freddy Nikolai de Punta Arenas y Daniel Colipi de Valparaíso, el resto del directorio prosigue en sus funciones y la presidencia de la entidad continua en manos de Nano Acevedo.

jueves, 21 de agosto de 2008

Moción Grupo Latinoamericano de Músicos 2008

Grupo Latinoamericano de Músicos - FIM
CONVENIO UNESCO SOBRE LA PROTECCIÓN Y LA PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD DE LAS EXPRESIONES CULTURALES
Hasta ahora, más de 80 Estados miembros de la UNESCO han ratificado el convenio UNESCO sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales, adoptado el 20 de octubre de 2005.

Este resultado prueba el interés real que los Estados manifiestan
por este convenio pero, paradójicamente, sigue siendo muy
insuficiente si se compara con el número de Estados miembros
que votaron la adopción de este texto.
Es necesario cubrir esta divergencia, tanto más que la influencia
del convenio se basa en gran parte en el número de ratificaciones.

Los principios de promoción y protección de las expresiones culturales, así como de cooperación
internacional contenidos en el convenio pueden ser muy provechosos para el empleo y el desarrollo de las actividades y de los recursos de los artistas.

Por otra parte, el artículo 11 - único precedente en los convenios de la UNESCO -
reconoce a la sociedad civil y a las organizaciones que la representan un papel
esencial en la aplicación de los objetivos del convenio.

Las directivas operativas en proceso de elaboración introducirán un marco jurídico que permitirá que las ONG sean consultadas formalmente por los Estados para la elaboración de su política cultural, que participen en los trabajos de los órganos del convenio y beneficiarse del Fondo Internacional para la diversidad cultural.

El Congreso decide:

El FIM y sus sindicatos miembros proseguirán sus esfuerzos para convencer
a los Estados que aún no han ratificado el convenio UNESCO sobre la protección
y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales para que lo hagan
cuanto antes.
Por otra parte, se asociarán en la medida de lo posible - al lado de otras
organizaciones de la sociedad civil cuando proceda, - en la aplicación delas disposiciones de dicho convenio, haciendo uso de las posibilidades que ofrece su artículo 11, en particular.

miércoles, 25 de junio de 2008

Asamblea Internacional México 2008

A los 19 días del mes de Junio del 2008 , en la ciudad de México, las organizaciones firmantes acuerdan:

CONVENIOS Y ACUERDOS REGIONALES, BI –TRI-LATERALES

ACUERDO MARCO PARA LA REGIÓN:
Conformar una mesa de estudio y trabajo para elaborar los puntos principales de un ACUERDO MARCO REGIONAL que fije condiciones mínimas de contratación y trabajo- para ser presentadas ante los Grupos Gubernamentales Regionales tales como MERCOSUR- AMERICA CENTRAL Y EL CARIBE, MEXICO Y LA COMUNIDAD ANDINA, considerando las particularidades nacionales y con el objetivo de encontrar un estándar laboral igualitario para los músicos latinoamericanos
.

Plan de acción
El SUTM coordinar a la construcción de una “oficina virtual (Fecha Noviembre)
El SADEM coordinará la recopilación y distribución de la legislación regional base de éste acuerdo marco (SADEM –Agosto)
El SITMUCH y el SIMCCAP iniciarán contactos con el resto de los sindicatos y autoridades de la Comunidad Andina para la expansión y consolidación de éste sub-grupo regional.
Identificación de las estructuras y organizaciones regionales empleadores (oficina virtual).
FIM, intermediación para la obtención de datos sectoriales desde OIT y UNESCO.

CONVENIO SITMUCH (Chile) – FUDEM (Uruguay)
El Sitmuch de Chile y la FUDEM de Uruguay convienen en celebrar un convenio de intercambio cultural con el objetivo de gestionar invitaciones a actores, trabajadores de la música y bandas folklóricas a los festivales nacionales y regionales de sus respectivos países.

CARTA DE INTENCIÓN –SIMCCAP-SADEM
Los Sindicatos de Músicos de Argentina y Perú, se comprometen a iniciar las gestiones pertinentes para –en el plazo de seis meses- encontrar mecanismos con el fin de brindar protección y ayuda sindical a los músicos afiliados de ambos gremios cuando estén trabajando bajo normas legales fuera de su territorio nacional y bajo la jurisdicción gremial del SADEM y SIMCCAP.

CARTA DE INTENCIÓN –FETAP -SUTME
La Federación de Trabajadores Artistas del Espectáculo y Afines del Perú y el Sindicato Único de Trabajadores de la Música y el Espectáculo de México, se comprometen a iniciar las gestiones pertinentes para –en el plazo de seis meses- encontrar mecanismos con el fin de brindar protección y ayuda sindical a los músicos y artistas afiliados de ambos gremios cuando estén trabajando bajo normas legales fuera de su territorio nacional y bajo la jurisdicción gremial del FETAP y el SUTME.

GÉNERO:
Construir una red de grupos y/o comisiones de la mujer entre los diferentes sindicatos de músicos de la región, que elaborará un programa específico de actividades durante el 2008. La compañera Edith Sánchez coordinará la red.


CONVENIO RECÍPROCO MEXICO-ARGENTINA SUTME - SADEM –

El SADEM, Sindicato Argentino de Músicos y el SUTME Sindicato Único de Trabajadores de la Música y el Espectáculo de México celebrarán un acuerdo de reciprocidad que se adjunta como anexo.


DECLARACIONES:

DECLARACIÓN REGIONAL- REAPERTURA DEL TEATRO COLON –
Los delegados de las organizaciones abajo firmantes se manifiestan a favor de la reapertura del Teatro Colón de Argentina –cerrado desde el 2006- y por la firma de un Estatuto específico que permita a los artistas condiciones y salarios dignos. Además de la regularización de los contratos temporarios y el fiel cumplimiento de las leyes laborales vigentes.

EDUCACIÓN MUSICAL EN LAS ESCUELAS- BRASIL
El Grupo Latinoamericano de Músicos –GLM- se pronuncia a favor de sanción de la “Ley 2732/08 de Educación Musical Obligatoria en las Escuelas de Brasil”.

SOLICITUD AFILIACIÓN
El SUTME – Sindicato Único de Trabajadores de la Música y el Espectáculo de México, manifiesta su interés de afiliarse a la FIM e incorporarse al trabajo del GLM. Asimismo declara su interés de participar del próximo congreso de la FIM a realizarse en Johannesburgo –Sudáfrica –

SEGURIDAD SOCIAL -MEXICO:
Los delegados de las organizaciones abajo firmantes manifiestan su apoyo para que los músicos mexicanos tengan acceso a la seguridad social que proporciona el estado.

NOMINACIÓN:
El Grupo Regional de Músicos , decide llamarse Grupo Latinoamericano de Músicos (GLM)

APROBACIÓN PARLAMENTARIA EN URUGUAY:
Los delegados de las organizaciones abajo firmantes manifiestan su apoyo a una pronta aprobación parlamentaria de la ley del artista y la seguridad social.

VICTOR JARA:
El Grupo Latinoamericano de Músicos manifiesta su satisfacción por la decisión del 3 de junio del 2008, del ministro de la corte de apelaciones de Chile José Eduardo Fuentes Beldar, que ha resuelto la reapertura de la investigación del asesinato del cantautor chileno Víctor Jara. Auguramos para que la justicia encuentre a los responsables del crimen y acompañamos a la familia y a todos los chilenos que buscan verdad y justicia.

ORGANIZACIÓN:
El Grupo Latinoamericano de Músicos se propone ir construyendo una estructura organizativa que permita mayor eficacia en la acción política, reconociendo que para ello es fundamental una mayor y mejor cooperación entre el GLM y FIM.

Los delegados de las organizaciones presentes damos nuestro total apoyo al Secretario General de la FIM Benoit Machuel en su gestión –no sólo a favor de éste grupo- sino a todos los grupos de músicos del mundo a los cuáles abarca la FIM .

Firman los presidentes y/o Secretarios generales de los Sindicatos de Trabajadores de la Música de México, Argentina, Chile, Brasil, Panamá, Uruguay, Perú y Honduras.